jueves, 1 de mayo de 2008

Ley Concursal

PROVIDENCIA DE LA MAJISTRADA Dña. NURIA AUXILIADORA ORELLANA CANO

En Cádiz a quince de abril de2008.

Dada cuenta, presentado el anterior escrito por la Administración Concursal únase a los asuntos de su razón. Estando pendiente de la resolución del recurso de suplicación de una de las sentencias dictadas, cuyo con tenido puede afectar a la cuantía del incremento lineal, estese a la espera de la resolución del recurso, conforme solicita la administración concursal. Póngase en conocimiento del TSJ (Sala de lo social de Sevilla) de que el pago del incremento lineal aprobado por el auto 31 de julio de 2008 en el expediente de extinción colectiva seguida en el juzgado con el nº 151/07 esta pendiente de la resolución del recurso interpuesto por D. xxxxxxxx , contra la sentencia dictada en los autos 592/06 de lo juzgado social nº 1 de Cádiz, afín de que notifique a este juzgado la resolución que se dicte.

Contra esta resolución cabe un recurso de REPOSICIÓN ante el juzgado, no obstante lo cual, se llevara a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contando desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio de recurrente, sin cuyo requisito no se admitirá el recurso (articulo 451 y 452 de la LEC ).